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VARIOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA PERDERÁN UN DINERAL EN IBI

Los ayuntamientos de la provincia con suelo urbanizable pero que quedó pendiente de construir por la crisis verán disminuidos sus ingresos por el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) tras publicarse una reforma de la Ley del Catastro Inmobiliario, por la que los suelos urbanizables deben ser considerados como rústicos a efectos catastrales hasta que no se aprueben para ellos los instrumentos de planeamiento urbanístico.

Con esta reforma, ya no bastará con que un terreno quede reservado en un Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de cara a una futura urbanización para que sea considerado urbano a efectos catastrales y tributarios, es necesario que se dé luz verde a su ordenación detalladamente.

En este ‘limbo’ quedarán ahora varios de los sectores por desarrollar en la capital, pero la medida afectará a otros municipios de la provincia que están pendientes de redactar sus planes de ordenación municipal definitivos.

Con la modificación de la ley, que no tiene efectos retroactivos, al volver a ser considerados estos suelos como rústicos, quedarán exentos de abonar el impuesto de plusvalía en el caso de operaciones de transmisión, y pagarán menos IBI, pero no la cuota que tenían antes de pasar a ser valorados como urbanos a raíz de dibujarse sobre ellos una futura urbanización.

Eso sí, la ley deja en manos de las administraciones locales  su puesta en funcionamiento. La ley fija un plazo para que los Ayuntamientos hagan estas comunicaciones, pero están en la obligación de detallar dichos cambios.

En toda España, los expertos estiman que los Ayuntamientos recaudarán 4.500 millones de euros menos en IBI por esta modificación.