El Gobierno de Castilla-La Mancha y las organizaciones agrarias ASAJA y UPA han cerrado el conjunto de nuevas medidas que se incorporarán a la Orden de Prevención de Incendios que la Consejería de Medio Ambiente publicará en los próximos días con el objetivo de compatibilizar la actividad agrícola con la prevención forestal en la temporada de incendios.
Tras una nueva reunión mantenida entre las distintas partes, el vicepresidente primero del Ejecutivo autonómico, José Luis Martínez Guijarro, ha subrayado que el acuerdo anunciado es fruto del trabajo conjunto entre los sectores implicados, para, desde la colaboración y coordinación, conciliar los intereses del sector agrario con la necesaria prevención de incendios en un escenario de endurecimiento de las condiciones climáticas durante el verano.
Así, se establecerá elevar la superficie a partir de la cual se contempla la aplicación de restricciones en la época de riesgo alto y de riesgo extremo. Se pasa de las cinco hectáreas contempladas hasta ahora en la Orden que regula la actividad a las 20 hectáreas. De esta forma, los terrenos agrícolas cercanos a terrenos forestales de menos de 20 hectáreas podrán cosecharse en todo momento.
La principal novedad que se incluirá en la nueva Orden es que para las superficies forestales de más de 20 hectáreas se podrá establecer una franja perimetral de 10 metros de ancho sin cultivar o con girasol en las zonas colindantes de monte, de forma que las cosechadoras no tendrán ningún tipo de restricción y podrán trabajar en cualquier momento del día.
Para el resto de los casos, los que superen las 20 hectáreas y no cuenten con esa franja de protección, continúa el régimen establecido de restricciones con Índice de Propagación Potencial de Incendios (IPP) muy alto y extremo para terrenos agrícolas que se encuentres cercanos a masas forestales de más de 20 hectáreas.
En este sentido, para los días de IPP extremo se flexibiliza la necesidad de contar con 400 litros de agua con presión y se establecen más posibilidades, concretamente tres, que pasan por contar con un vehículo con un depósito de al menos 400 litros de agua y equipo de impulsión de agua, tener una máquina sopladora de potencia de soplado superior a 30 Newtons o disponer de un disparador de cartucho pirotécnico contra incendios con, al menos, ocho cartuchos.
