
El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de diez años y un mes a nueve años y un mes de prisión la condena a un hombre por abusar sexualmente de una niña de 11 años en una localidad de Albacete, en aplicación de la ley del solo sí es sí, como recogen medios nacionales.
Los hechos ocurrieron entre diciembre de 2015 y septiembre de 2016 cuando el condenado inició una relación con la menor a quien facilitó dos tarjetas telefónicas, para mantener conversaciones e intercambiar mensajes por WhatsApp, aprovechando era amigo de la madre y la menor era amiga de sus hijos.
La sentencia detalla las conversaciones de contenido sexual entre ambos así como de los encuentros sexuales que mantuvieron en casa del condenado, a la que accedían procurando que nadie les viera y que fueron a más a partir de junio de 2016 cuando la menor, que contaba con 12 años, termino el curso escolar.
Así fue hasta que en septiembre una amiga de la madre se enteró de la relación y la avisó. Ella enseguida denunció los hechos.
La Audiencia de Albacete le condenó a diez años y un mes de prisión por un delito continuado de abuso sexual con la agravante de abuso de confianza y la atenuante de reparación del daño y de dilaciones indebidas, un fallo que ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Pero ahora el Supremo rebaja la condena un año en aplicación de la Ley del solo sí es sí porque en este caso es más beneficiosa para el reo, de manera que se queda en nueve años y un mes.
