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El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha condenado al Ayuntamiento de Hellín y a la Confederación Hidrográfica del Segura a indemnizar con 6.892 euros a la madre de un hombre de que murió ahogado cuando se bañaba en el río Mundo dentro del término municipal de Hellín.
Según esta sentencia, Carlos Daniel C.C. de 25 años, ecuatoriano y residente en Hellín, se encontraba el día 26 de julio del 2008 bañándose con otras tres personas, en la zona de recreo fluvial habilitada por el Ayuntamiento de Hellín existente junto al puente situado sobre el río Mundo, ubicado en el kilómetro 10 de la carretera Agramón-Las Minas, y desapareció arrastrado por la corriente de agua. Asimismo, la sentencia señala que en este lugar no existe panel indicativo de peligro para los bañistas, por la posible existencia de un remolino.
La sentencia indica que después de una intensa búsqueda encontraron su cuerpo muerto a asfixia por sumersión, sin indicios de lucha o violencia, a 300 metros del lugar, en la zona de una presa conocida como la apertura de las Cañas. Ante este suceso, tanto la madre del fallecido como sus hermanos reclamaron al Ayuntamiento de Hellín como a la CHS indemnizaciones de 105.711 euros para la madre y 115.321,18 euros para cada uno de los tres hermanos.
En la sentencia se destaca que el Ayuntamiento de Hellín había habilitado este lugar para recreo y baño sin ninguna medida que advirtiese del riego posible por las nombradas corrientes y remolinos del agua.
Por todo ello, se concede sólo a la madre una indemnización de 68.926,70 euros, argumentando que la muerte de un hijo supone un grave perjuicio, aún viviendo en la distancia, por lo que la cantidad a indemnizar sería de un 10 por ciento, es decir 6.892,67 euros.