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¿Cuántos puestos hay en Los Invasores? ¿Cómo deben ser y cuáles son las normas del mercadillo?

Si eres de Albacete, y aunque no lo seas muy probablemente también, seguro que has acudido al tradicional mercadillo de Los Invasores, que cada martes llena la zona del Recinto Ferial y los Ejidos de la Feria.

Pero, ¿te has preguntado alguna vez cuántos puestos tiene adjudicados el Ayuntamiento de Albacete para la venta ambulante en esta cita de los martes? Muy probablemente son más de los que te parecen cuando vas y es que el Consistorio ha renovado para este año 2024 alrededor de 400 licencias de venta para Los Invasores, en la zona de Polivalencia. Y han quedado ocho vacantes, tras el plazo para hacer frente a los gastos oportunos que se piden como requisito para poder tener finalmente la licencia. Ocho puestos para los que se busca vendedor.

Así consta en los expedientes que han pasado por la Comisión correspondiente en el Consistorio, consultados por Masquealba.

A las licencias de la zona de venta polivalente habría que sumar las de la zona de alimentación, que son cerca de 80 puestos. Estos se ubican en el interior del Recinto Ferial, mientras que las de textil, calzado o decoración están en la explanada que rodea el mismo. 

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Los puestos adjudicados cuentan con permisos para instalar puntos de venta de entre seis y ocho metros cuadrados y los sectores son muy variados. Basta con dar una vuelta cualquier martes por Los Invasores para comprobar la amplia variedad de productos que aquí se venden.

Textil, calzado, bisutería o complementos se repiten en decenas de los puestos concedidos, pero también hay otros de flores y plantas, cerámica, perfumería o artículos de regalo.

Tampoco faltan los puestos de ferretería o de juguetes, así como los de decoración y flor artificial.

Hay incluso puestos de cuadros o de jabones y artículos ecológicos. Así, hasta 462 licencias concedidas para poder ejercer su venta ambulante en Los Invasores entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de este año 2024.

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En el expediente también se recogen las normas que deben cumplir los puestos habilitados para poder tener presencia en Los Invasores, al igual que se fijan las horas en que podrán entrar a montar y aquellas en las que tendrán que desalojar la zona.

En cuanto a las normas, se indica, por ejemplo, que cada vendedor instalará su puesto entre las líneas de delimitación marcadas en el suelo, sin sobrepasar la línea de frente ni las laterales, dejando visible el número de identificación del puesto existente en el suelo, y colocará en lugar visible la tarjeta que le acredita como vendedor autorizado.

Se deja claro que «no podrá ocuparse puesto distinto ni espacio superior al autorizado, y en ningún caso se cederá espacio del propio puesto a terceros, quedando prohibido el intercambio de puestos entre vendedores».

VENTA DE ANIMALES

También se precisa que cada vendedor comercializará exclusivamente los productos autorizados en la correspondiente licencia, quedando prohibida, desde la entrada en vigor de la Ordenanza Municipal de Venta Ambulante, nuevas autorizaciones para la venta de animales o ampliación de las existentes para la venta de éstos.

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Respecto a cómo debe ser cada puesto en sí, se detalla que los productos deberán exponerse en estanterías o mostradores elevados al menos 50 centímetros sobre el suelo, salvo excepciones, como macetas, flores, y otros artículos de gran volumen o pesados.

Y queda prohibido expresamente exponer artículos distintos de los anteriores amontonados sobre el suelo.

Los toldos, si los hubiere, deberán estar a una altura mínima de 2 metros sobre el suelo, no pudiendo sobresalir de la línea del puesto en más de 50 centímetros, para permitir el paso de vehículos de emergencia, en su caso. Asimismo, del extremo de la visera no podrá colgarse ningún tipo de prendas, para permitir la libre circulación del público.

DEBEN RECOGER LAS BOLSAS, PAPELES O CAJAS

También se deja claro en la normativa que «los vendedores se responsabilizarán de recoger y ordenar los residuos procedentes de su actividad, tales como embalajes, bolsas, papeles, cajas, etcétera, evitando que se dispersen durante la jornada de venta, y dejándolos metidos en cajas o bolsas, al final de la jornada, para su retirada por el Servicio de Limpieza o depositándolo en los contenedores, que en su caso, a tal efecto, se instalen.

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NO SE PUEDE USAR MEGAFONÍA Y LAS FALTAS PENALIZAN

La normativa indica también que cada vendedor podrá ser titular de un único puesto, así como que no se puede hacer uso de megafonía en el ejercicio de la actividad.

Por otro lado, también se detalla que las vacantes que se produzcan en el día de celebración del Mercadillo, por ausencia del titular, no serán ocupadas por ningún vendedor, llevándose un control de faltas de asistencia no justificadas de los titulares, de manera que la reiteración en la ausencia, podrá dar lugar a la revocación de la licencia, en virtud de lo establecido en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante.