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DESESTIMAN LA IMPUGNACIÓN DEL ZONA 5 SOBRE EL PARTIDO CON EL ALBA B

El Juez Único de Competición ha desestimado la impugnación del partido por parte local del CF Zona 5 Albacete, que le enfrentó en la jornada 24 al Albacete B y donde el filial blanco ganó por 0-1.

Además, en su cuenta de Twitter, el Zona 5 ha incidido en que “visto el porqué ha sido desestimado el recurso por competición, ahora nos queda más claro que nuestro club tiene razón, llegaremos al CEDD”.

El juez estima que “como acertadamente recoge el ALBACETE BALOMPIE SAD, en sus alegaciones, el citado futbolista –Iván Henares- no figuraba sancionado a la fecha de celebración del partido que nos ocupa, siendo que para que pudiéramos estar ante un supuesto de alineación indebida”. Incide en que el jugador “no estaba sujeto a sanción federativa que implicase su suspensión y por ende, su imposibilidad de participar activamente en el partido. Antes al contrario, a la fecha de celebración del reiterado partido, el futbolista indicado solo había sido objeto de dos sanciones de amonestación, en resoluciones de este órgano disciplinario de fechas 14 y 28 de Enero de 2014”.

2ª) Explica que el jugador figuraba sin sanciones pendientes de cumplimiento, motivo por el cual, fue dado de alta en la FFCM, sin sanción alguna, entre las que cabe incluir, no solo las suspensiones, sino también las amonestaciones, de lo que se infiere que, la amonestación acordada en nuestra resolución de fecha 14 de Enero de 2014, fuese la primera a los efectos del cómputo previsto en el artículo 112 antes citado, y la acordada en nuestra resolución de fecha 28 de Enero de 2014, fuese la segunda del citado cómputo.

3ª) No dándose, en consecuencia, los requisitos necesarios para que pudiera aplicarse el artículo 76.1 Código Disciplinario RFEF, al no encontrarse el futbolista del ALBACETE BALOMPIE SAD, sujeto a sanción federativa alguna que le impidiese su participación activa en el mentado partido, la conclusión que se impone es la de la no calificación como indebida de dicha alineación, por lo que procede, previa confirmación del resultado del partido, archivo del expediente.

Cabe recordar que el Zona 5 reclamaba que se le sumaran las sanciones que tendría en la anterior federación en la que jugaba, la valenciana.