
Las oficinas de Correos están ‘colapsadas’ estos días en la ciudad de Albacete, principalmente por las tardes, para pedir el voto por correo. De hecho, al inicio de campaña las peticiones ya se habían multiplicado prácticamente por tres, según los datos facilitados a este medio por representantes de los empleados, que indican que en la capital podrían llegar a multiplicarse por cuatro o más las peticiones de voto por correo. En total, para las elecciones del 20-D pidieron el voto por correo 9.593 albaceteños y antes del inicio de la campaña del 26-J había ya unas 3.000 peticiones, cuando lo normal es la gente espere más adelante.
Las causas a las que apuntan en la ciudad es al hecho de que el 24 de junio es festivo, habrá puente de San Juan y mucha gente que tiene claro que quiere votar lo está solicitando por correo.
Esto no tiene, por tanto, por qué traducirse en un aumento del número de votantes –de hecho las encuestas dan una alta abstención de nuevo en estos comicios- aunque parece que la gente, al menos de momento, elige más el voto por correo.
CÓMO FUNCIONA EL VOTO POR CORREO
Una vez convocadas las elecciones generales, y hasta el décimo día anterior a la votación, (16 de junio de 2016), fecha en que finaliza el plazo para solicitar el voto por correo, deberá acudir a cualquier Oficina de Correos y solicitar el impreso para votar por correo.
Debidamente cumplimentado, lo entregará personalmente en cualquier oficina de Correos, acreditando su identificación ante el empleado de Correos con la presentación de su DNI original (en ningún caso fotocopia), que así se lo requerirá para la comprobación de su firma.
Los servicios de Correos remiten la solicitud debidamente cumplimentada a la Oficina del Censo Electoral, que hace la anotación correspondiente en las Listas del Censo. Por lo tanto, el elector que solicita el voto por correo Ya no se puede votar personalmente
A continuación, la Oficina del Censo Electoral envía por correo certificado al domicilio indicado por el elector en el impreso de solicitud un sobre con la siguiente documentación:
– Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a las elecciones generales y un sobre de votación, en el que se introducirá la papeleta correspondiente. (Si son varios procesos los que concurren se remite la documentación necesaria para proceder en cada proceso)
– El certificado de inscripción en el censo.
– Un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le correspondería votar.
– Una hoja explicativa.
Esta documentación debe ser recibida personalmente por el elector, previa acreditación de su identidad. Si no estuviese en su domicilio, tendrá que ir personalmente a recogerla a la Oficina de Correos correspondiente.
Una vez que el elector haya escogido la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Incluirá el sobre o los sobres de votación (donde previamente habrá incluido la papeleta correspondiente) y el certificado en el sobre dirigido a la Mesa y lo remitirá por correo certificado en todo caso antes del tercer día previo al de la celebración de las elecciones generales (23 de junio de 2015). Este sobre no necesita franqueo.
El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación (26 de junio de 2016) toda la correspondencia dirigida a las Mesas electorales y la trasladará a éstas a las nueve de la mañana.
Asimismo, seguirá dando traslado de la correspondencia que pueda recibirse hasta las veinte horas del día de la votación.
El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales.
Los sobres recibidos después de las 20:00 horas peninsular del día fijado para la votación se remitirán a la Junta Electoral de Zona y se destruirán.
