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IMPORTANTE SENTENCIA EN ALBACETE SOBRE LA CLÁUSULA SUELO DE LAS HIPOTECAS

Por primera vez en Albacete, la Audiencia Provincial ha dictado una sentencia en la que obliga a una entidad financiera a devolver a los demandantes las cantidades que les ha cobrado de más por la aplicación de la cláusula suelo en la hipoteca de su vivienda, tal y como han informado en una nota de prensa.

La abogada de la defensa y profesora de Derecho Mercantil en la UCLM, Mónica de la Calzada, ha explicado que  como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo, sus clientes se vieron obligados a seguir pagando un 4% de intereses, cuando a partir del año 2009 el Euribor inició un descenso llegando a  niveles inferiores al 1%, motivo por el que “decidieron ser valientes y recurrir la sentencia que declaraba nula dicha cláusula pero que no les reponían las cantidades que habían pagado en exceso, aún teniendo que desembolsar además 800 euros por las tasas judiciales”

No obstante, este esfuerzo ha sido recompensado por la Audiencia Provincial, ya que no sólo condena a la entidad financiera a devolver las cantidades que percibió por aplicación de la cláusula declarada nula, sino también a recalcular el cuadro de amortización del préstamo, y a pagar los intereses y las costas de la primera instancia.

En su sentencia la Audiencia recoge que “las entidades financieras han conocido los parámetros que el Alto Tribunal ha señalado para la validez de las cláusulas suelo, ciertamente tan rigurosos que aquellas debieron entender la suerte que correría la mayoría de las cláusulas insertas en sus contratos y pese a ello, no la anularon por impulso propio. De esta manera han obligado a los consumidores a asumir unos gastos para litigar”. La devolución de las cantidades desde un inicio se impone también, según la Audiencia por “elementales razones de justicia”.

Aunque la sentencia de la Audiencia Provincial de Albacete no sienta  jurisprudencia es una excelente noticia para los posibles afectados de esta provincia, ya que si bien es cierto que el Juzgado de lo Mercantil (al que hay que acudir en primera instancia)  no está obligado a seguir lo determinado por la Audiencia,  por efectos prácticos es lógico que lo haga . “Y si no fuera así, los afectados podrían apelar y acudir a la Audiencia que se ha pronunciado sobre el fondo y de forma favorable al consumidor”, ha añadido De la Calzada.

Más afectados en la provincia

En España hay  otras Audiencias Provinciales que también se han pronunciado al respecto, y en unos casos han ordenado  la devolución de las cantidades, como es el ejemplo de Málaga, y en otros como Badajoz no.

Se tiene constancia de que en el conjunto de la provincia hay sentencias pendientes y demandas por interponer en Hellín, Almansa, Villarrobledo… que  a raíz de esta sentencia tienen muchas probabilidades de ser favorables al demandante.

Por último, añadir que la sentencia puede ser un revulsivo para que los Bancos se sienten a negociar ya que hasta ahora las sentencias anulaban la cláusula, pero no les obligaban a pagar desde la fecha de la hipoteca.