Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid pone en entredicho los mecanismos que aplica actualmente Hacienda en el apartado de deducciones para los autónomos. Hasta ahora, la normativa de la cartera que dirige Cristóbal Montoro marca que los trabajadores pueden deducir el gasto de los suministros de agua, luz, gas o teléfono siempre que la totalidad de su coste haya tenido un fin laboral.
A partir de ahora, sin embargo, buena parte de los autónomos españoles que trabajan desde casa podrán reclamar a la Agencia Tributaria la deducción de parte de sus facturas domésticas. Esto, según recoge la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), se produce después de que el TSJM haya dado la razón a una autónoma que inició una batalla legal para que Hacienda le permitiese deducir la parte de las facturas domésticas correspondiente al desempeño de su actividad laboral desde casa, como hacen el resto de autónomos que trabajan en un local propio o alquilado.
En la sentencia que avala la postura de esta trabajadora, el magistrado entiende que al permitir «la afectación parcial de la vivienda a la actividad económica» es lógico que se permita la deducción de parte de los gastos del suministro.
Desde la OCU aseguran que la decisión del TSJM no obliga a Hacienda a cambiar su normativa de actuación, pero sí que permitirá a los autónomos que trabajan en casa reclamar esa parte de las facturas.
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