De acuerdo con lo previsto en la nueva ordenanza de terrazas de la ciudad de Albacete, el próximo 31 de enero finaliza el plazo de solicitud de terrazas para los establecimientos hosteleros que deseen instalar terraza en el presente ejercicio, tanto para el periodo estacional como para el anual.
La Ordenanza prevé que, cada año, el periodo anual sea solicitado por los empresarios durante los meses de septiembre y octubre del año anterior, si bien, dado que la ordenanza fue aprobada definitivamente el pasado 31 de octubre, para este año 2.014 se previó, en las disposiciones transitorias que las solicitudes para el periodo anual de 2.014 pudieran ser presentadas en los meses de diciembre de 2.013 y enero de 2.014. Por su parte, el periodo estacional se solicita, para todos los años, durante los meses de diciembre y enero anteriores a la instalación.
Al igual que la anterior ordenanza, del año 2.006, la vigente dispone que no podrán ser instaladas las terrazas en tanto no se autoricen expresamente por el ayuntamiento.
Una vez cumplido este primer ejercicio de vigencia de la ordenanza y otorgadas las autorizaciones correspondientes a 2.014, se abrirá la posibilidad de proceder, ya para el ejercicio 2.015, a efectuar “renovaciones automáticas” cuando lo que se solicite sea idéntico a lo autorizado en el año anterior, y además concurran determinadas circunstancias. Se prevé que una gran mayoría de las solicitudes que se presenten para el ejercicio 2.015 se tramiten por este procedimiento, que simplificará los trámites para los empresarios, a la vez que disminuirá la carga burocrática y administrativa del Ayuntamiento. Es precisamente éste uno de los principales objetivos perseguidos con la nueva regulación, pues la carga de trabajo que hasta la fecha vienen generando las autorizaciones para la instalación de terrazas supone una dedicación desmesurada de los servicios municipales a esta cuestión. De este modo, se espera aumentar la eficiencia y la eficacia administrativa.
En términos generales, la Ordenanza de Terrazas persigue adecuar la convivencia del uso de la vía púbica que realizan estas instalaciones con el resto de usos, de manera que se garanticen, fundamentalmente, la accesibilidad, la seguridad y el derecho al descanso de los vecinos.