El 27 de enero dejarán de emitirse billetes de 500 euros de curso legal, aunque seguirán circulando y servirán como medio de pago y depósito. Eso sí, si llegan al sistema bancario, las entidades financieras los retirarán de la circulación, y respecto a los billetes de 200 euros tienen «todas las papeletas» de ser los próximos en retirarse.
El catedrático de Hacienda Pública de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) Juan José Rubio Guerrero ha realizado un artículo en el que indica los motivos de la supresión de estos billetes, sobre todo evitar operaciones de blanqueo de capitales, fraude fiscal, tramas de mercado inmobiliario, tráfico de armas y delincuencia vinculada al tráfico de drogas, entre otros.
El 27 de enero de este año 2019 dejarán de emitirse los billetes de 500 euros aunque seguirán circulando, mantendrán «permanentemente» su valor y podrán cambiarse en los bancos centrales del sistema euro sin límite temporal.
En la actualidad, están en circulación 521,3 millones de billetes de 500 euros y alrededor del 25 por ciento lo están fuera de la zona euro, según datos aportados por el catedrático de la UCLM, que también ha subrayado que durante el boom inmobiliario España acaparaba el 26 por ciento de los billetes de 500 emitidos.
Rubio Guerrero ha explicado algunas causas de la caída de interés por este tipo de billetes en España, entre ellas la regularización y control del mercado inmobiliario, que ha sido el principal promotor de operaciones de caja con billetes de alta denominación y que se vio «agravado» con la entrada de ciudadanos árabes y rusos para adquirir propiedades residenciales en zonas costeras que utilizaban pagos en metálico con billetes de 500 euros.
Otros motivos son los cierres de oficinas bancarias, ya que se ha pasado de tener personal a cajeros automáticos que no emiten billetes de alta denominación, y la escasa operatividad de estos billetes en transacciones comerciales convencionales, además de la generalización de medios electrónicos para los pagos comerciales.
Y también es una causa el control «cada vez más exigente» de las administraciones tributarias respecto a las operaciones de compra venta en efectivo, ya que en España hay desde 2012 una limitación a 2.500 euros para pagos en efectivo en las operaciones de compra venta en las que intervenga una empresa o bien hay que justificar ingresos en efectivo en ventanilla bancaria superiores a 3.000 euros en cuentas que no sean las del titular.
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