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Así son las normas de los nuevos planes de Terraza en el centro, Simón Abril y Arquitecto Vandelvira

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete, en su última reunión, acaba de aprobar los planes especiales de terrazas para las zonas del eje peatonal Marqués de Molins-Tesifonte Gallego-Paseo de la Libertad, paseo de Pedro Simón Abril y calle Arquitecto Vandelvira.

El Consistorio aprueba cada año los distintos planes especiales, en los que se estudia la instalación de un conjunto de terrazas cuando existe una concentración de establecimientos de hostelería en un lugar, o cuando se dan razones de seguridad y accesibilidad para su implantación.

En este sentido, y como se informó en su momento desde el Consistorio, los planes buscan garantizar la seguridad, la accesibilidad y el derecho al descanso de los vecinos, todo ello respecto del entorno concreto de que se trate.

Hay que señalar que, como consecuencia de la peatonalización del eje histórico de la ciudad, se han incorporado los planes especiales del paseo de la Libertad y de Marqués de Molins, donde, al tratarse de una zona de interés histórico artístico se le solicita un mobiliario de terraza que cumpla con una calidad, color y tamaño determinado.

Y en el expediente de la Junta de Gobierno Local constan las características de esas terrazas. Así, en el Eje Marqués de Molins-Tesifonte Gallego se indica, en su plan, que:

• Habrá una priorización total del tránsito peatonal como criterio principal en el diseño de las terrazas.

• Las terrazas se instalarán pegadas a la fachada del establecimiento

• No se permiten toldos desplazables.

• No se permite fijación o anclaje de toldos al pavimento.

• No se permite apilamiento de mobiliario y elementos de la terraza en la vía pública.

• Se permiten sombrillas dentro de la superficie autorizada, de forma provisional mientras se tramita la autorización de toldos a fachada

• La distribución de las mesas se hará dentro de la superficie autorizada con una anchura máxima de 3.30 m.

• Junto a la solicitud se adjuntará la propuesta del único mobiliario autorizado: mesas, sillas y sombrillas.

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 PASEO DE LA LIBERTAD

Aquí se detalla que el plan afecta a dos establecimientos: Milán y Coronas. Y se indica que se limita la instalación de terrazas a una fila de mesas y sillas pegadas al exterior de la alineación central del arbolado del Paseo, estableciéndose la anchura máxima de cada terraza en dos metros, realizándose además las pertinentes comprobaciones para el cumplimiento de 1,80 metros libres entre terraza y mobiliario urbano.

Y se pone de relieve que:

• Habrá priorización total del tránsito peatonal como criterio principal en el diseño de las terrazas.

• Solo se autorizarán terrazas pegadas al exterior de la alineación central del arbolado del Paseo, prohibiéndose las terrazas pegadas a fachada.

• Condiciones de autorización de cada terraza: Se detallará la superficie, el número de mesas y sillas, su disposición y dimensiones y su situación exacta en plano de planta.

• Podrán ser denegadas atendiendo en cada caso a las circunstancias concurrentes, según artículo 4 de la Ordenanza Reguladora de Terrazas.

• El mobiliario deberá adaptarse a los modelos establecidos.

• No se permiten toldos desplazables ni lonas bajantes.

• No se permite fijación o anclaje al pavimento.

• No se permite apilamiento de mobiliario y elementos de la terraza en la vía pública.

• Solo se permite como mobiliario autorizado mesas, sillas y sombrillas.

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SIMÓN ABRIL

En este caso, cabe indicar que, motivado por el objeto del Proyecto y atendiendo a las particularidades y especiales características de esta vía pública y respetando las consideraciones estéticas y funcionales del entorno urbano y medioambiental, prohibir:

– La instalación de toldos desplazables.

– La fijación o anclaje a pavimentos, sin excepcionalidad alguna.

– El apilamiento de mobiliario y elementos de la terraza en la vía pública, sin excepción alguna ni aun debiéndose cruzar una calzada. 

– Prohibir la instalación de bajantes en toldo a pared cuando la terraza no se encuentre autorizada pegada a fachada del establecimiento, puesto que su instalación obliga a los peatones a transitar por un espacio cerrado, dadas las limitaciones en la visibilidad, ventilación y salubridad de los viandantes.

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ARQUITECTO VANDELVIRA

En este caso, se ha aprobado que cada superficie de terraza deberá ser estudiada individualmente, atendiendo fundamentalmente a la mejora del tránsito peatonal, la implantación de un carril bici, los aspectos estéticos y funcionales, el estudio del entorno urbanizado y el respeto medioambiental.

A MEDI METRO DEL CARRIL-BICI

Se indica que se autoriza que el emplazamiento de la terraza solo será autorizable en la misma vía pública en donde se situé el establecimiento de hostelería y su ubicación se realizará en la zona más próxima al local. Y es especifica que, debido a la implantación del carril bici, las terrazas autorizadas junto al mismo deberán mantener en todo momento un resguardo de 50 cm respecto del carril bici.

Además se ha aprobado que:

• No se permiten toldos desplazables

• No se permiten bajantes en toldos a pared de terrazas autorizadas enfrente del establecimiento (terrazas no pegadas a fachada)

• No se permite fijación o anclaje de toldos al pavimento.

• No se permite apilamiento de mobiliario y elementos de la terraza en la vía pública

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