El aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas busca al dueño de un avión que se encuentra «en evidente estado de abandono» en el aeródromo de la capital española y cuya aeronave finalmente saldrá a subasta.
La aeronave, que voló por primera vez en 1990 para Iberia, pasó a manos de Pronair, una aerolínea dedicada principalmente a trayectos charter con sede en Albacete, en el año 2008. Pero no duró mucho allí, la incipiente crisis y una importante subida del precio del combustible arrastraron a Pronair a la quiebra y al cese de operaciones en 2009.
Durante el tiempo que operó en Albacete, Pronair, y como regían los medios locales en esa fecha, ofertaba vuelos a lugares como Nueva York o China, por un alquiler de la aeronave de unos 2.700 euros la hora.
Finalmente en julio de 2010, Saicus Air -hasta entonces dedicada principalmente al trasporte de mercancías- se hizo con el avión con el fin de operar una línea que conectaría el territorio nacional con Guinea Bissau. Pero la aventura no duró mucho y en diciembre de ese mismo año la aerolínea también se vio arrastrada por las deudas y quebró.
De hecho, la aeronave nunca llegó a volar para la propia Saicus, si no que estuvo alquilada a terceros a través del denominado ‘wet lease’, es decir, la cesión del avión con su propia tripulación. Tras la quiebra, y según recogen medios nacionales, el McDonnell Douglas MD-87 fue preservado con el sellado de los motores, las tomas estáticas, los tubos pitot y el resto orificios, por lo que pese a los años que lleva abandonado, no estaría mal conservado.
La aeronave abandonada tiene capacidad para unas 130 personas, según el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
¿QUÉ PASOS SE SIGUEN CUANDO HAY UNA AVIÓN ABANDONADO?
Cuando una aeronave se encuentra estacionada en un aeropuerto durante un plazo largo sin realizar movimientos de entrada y salida, y con signos externos de abandono, se procede a consultar con el Registro de Matrículas de Aeronaves de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y con el Registro Central de Bienes Muebles para averiguar posibles casos de cambio de titularidad y disponer del último propietario registrado.
Al último propietario que conste en los Registros se le envía un requerimiento oficial para reclamarle el importe de la deuda existente por estacionamiento, a fin de saber igualmente las intenciones del propietario sobre la misma.
Si no abona la cantidad debida en concepto de estacionamiento se inicia el procedimiento de apremio a través de la Agencia Tributaria, al tratarse de prestaciones patrimoniales de carácter público.
Y se sigue la vía hasta su finalización por cobro mediante el pago voluntario o bien los procedimientos de apremio que competen a la Agencia Tributaria.
Si el propietario no contesta o se averigua que el mismo ha desaparecido por los motivos que sean (como el fallecimiento sin herederos, la liquidación o el cierre de la empresa), se inicia el procedimiento establecido en la Ley de Navegación Aérea.
De acuerdo con esta ley, se procederá a hacer tres publicaciones en tres meses consecutivos, indicando la matrícula de aeronave, el modelo y la marca, así como su situación de abandono.
Transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la última publicación en el BOE, se considera en situación legal de abandono y se inician los trámites para su venta en pública subasta.
¿SI NADIE LO COMPRA EN LA SUBASTA, QUÉ SE HACE CON ELLOS?
Algunos de los aviones abandonados en aeropuertos españoles se han dedicado a prácticas de bomberos, a simulacros y a otras actividades típicas del aeropuerto; se pueden subastar o se pueden convertir en objetos de exposición, según el interés que tengan.