El fraude a las compañías aseguradoras se ha duplicado desde el inicio de la crisis, según un estudio elaborado por la agencia de detectives privados Global Risk. Este informe precisa que, en este ejercicio, los fraudes de baja intensidad -aquellos por un valor menor de 600 euros- crecieron en más de un 20%, mientras que los de más intensidad se incrementaron un 6%.
De este modo, el informe pone de manifiesto que la mayoría de los casos se producen en el seguro del coche o moto y en el seguro del hogar y, en menor medida, en los seguros de vida, seguros de salud y accidentes.
Así, el 75% de los casos de fraude tienen tras de sí un vehículo, mientras que el perfil más común más estafador es el de jóvenes menores de 26 años.
Global Risk apunta que el número de fraudes detectados por las mafias se duplicó en España durante 2013, y que el ‘modus operandi’ de éstas es cada vez más complejo y sutil. Por ello, señala que el 91% de las aseguradoras se ayudaron en 2013 de firmas de detectives para investigar los posibles fraudes.
En Albacete, son numerosas las imputaciones que ha tramitado la Policía Nacional al detectar fraudes en denuncias por robos para cobrar el seguro. En este sentido, la Policía Nacional recuerda que este delito
Recordar que la presentación de una denuncia falsa puede comportar una multa de seis meses a un año, según explican fuentes del Cuerpo Nacional de Policía. Esta sanción podría incrementarse con pena de cárcel en el caso de que la aseguradora pague al denunciante por un falso delito, dado que en este caso se incurriría, según fuentes policiales, en un delito de estafa.
El artículo 456 del Código Penal especifica claramente que las penas por acusación, denuncia falsa o simulación de delitos puede acarrear una sanción comprendida entre seis y dos años de cárcel. «Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados: 1.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses, si se imputara un delito grave. 2.º Con la pena de multa de 12 a 24 meses, si se imputara un delito menos grave. 3.º Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara una falta».