
La asignatura ‘Unión Europea’ podrá ser cursada como materia optativa en el primer curso de todos los bachilleratos a partir del mes de septiembre. Se aprobó recientemente en Consejo de Gobierno y este martes, 16 de abril, así lo recoge el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM)
“Con todo ello, la inclusión de la asignatura ‘Unión Europea’ supone que esta materia adecúa su estructura al del resto de materias definidas a partir de la LOMLOE”, tal y como han remarcado desde la Junta. Han indicado que que así “cuenta con su estructura curricular como el resto de materias definidas a partir de esta ley educativa con competencias específicas y criterios de evaluación”.
El DOCM recoge hoy el nuevo currículo de Bachillerato, que sigue planteando que de primero a segunda se pueda pasar con dos materias suspensas y que vuelve a plantear la posibilidad de hacer el Bachillerato a tres años.
Las optativas quedarían así:

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La inclusión de la materia sobre Unión Europea en el calendario del próximo curso 2024-2025 pretende contribuir a que “el alumnado comprenda su propia realidad como integrante de un organismo único que determina su día a día, ya que explica muchos de los aspectos políticos, económicos y socioculturales de su entorno y la influencia que en la vida de todos tienen las decisiones que se toman en Europa”.
Los estudiantes que la elijan, según el temario de la misma, profundizarán tanto en los orígenes como en el proceso de construcción de la UE; además de abordar también los retos y oportunidades de Europa, “profundizando en políticas económicas, de justicia, de igualdad, seguridad o defensa”.
En el texto del DOMC se indica que habrá un primer bloque: «La construcción de la UE», agrupa los saberes necesarios para comprender su evolución histórica desde su proceso de creación hasta la actualidad y para valorar la importancia de la pertenencia de España a la Unión Europea.
El segundo será: «Marco jurídico y político», propone saberes que destacan los mecanismos y políticas que rigen el funcionamiento de la Unión y de sus países miembros. El tercer bloque «La ciudadanía europea», integra saberes sobre las posibilidades de participación de los ciudadanos y ciudadanas en la construcción europea, profundizando en sus derechos, deberes y valores, para promover en los alumnos y alumnas la valoración de la relevancia de la UE en su propio desarrollo personal y social.
Para finalizar, el bloque: «Castilla-La Mancha en la UE” aproxima la perspectiva de análisis al entorno más próximo del alumnado, pretendiendo destacar sus implicaciones más cercanas. La materia de Unión Europea es abierta y flexible para que, tomando como eje vertebrador las competencias específicas y los saberes básicos, el profesorado pueda adaptar sus situaciones de aprendizaje a contextos de todo tipo. En definitiva: para promover la capacidad transformadora de todo saber, desde la responsabilidad cívica, basada en la autonomía individual y el respeto a las personas, en el contexto actual de la Unión Europea.
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INCORPORAR LA PERSPECTIVA DE GÉNERO
El documento también señala que «las actividades educativas en el Bachillerato favorecerán la capacidad del alumnado para aprender por sí mismos, para trabajar en equipo y para aplicar los métodos de investigación apropiados. Asimismo, se prestará especial atención a la orientación académica, educativa y profesional del alumnado, incorporando la perspectiva de género».
Detallan que «se promoverán las medidas necesarias para que, en las distintas materias, se desarrollen actividades que estimulen el interés y el hábito de la lectura, junto con la capacidad de expresarse correctamente en público, a través del correspondiente plan de fomento de la lectura del centro educativo».
Además, las modalidades se organizarán de modo flexible, a fin de que se pueda ofrecer una preparación especializada al alumnado, acorde con sus perspectivas e intereses de formación o permita su incorporación a la vida activa, una vez finalizada esta etapa.
La norma recoge que «en la organización de los estudios de Bachillerato se prestará especial atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. A estos efectos, se establecerán las alternativas organizativas y metodológicas, junto con las medidas de atención a la diversidad precisas para facilitar el acceso a los entornos de aprendizaje y al currículo de este alumnado».
Por otro lado, se detalla que la lengua castellana se utilizará solo como apoyo en el proceso de aprendizaje de las lenguas extranjeras. En dicho proceso se priorizarán la comprensión, la expresión e interacción oral.»
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PROGRAMAS EDUCATIVOS
También se pone de manifiesto que «en el ejercicio de su autonomía, los centros docentes podrán adoptar experimentaciones, innovaciones pedagógicas, programas educativos, planes de trabajo, formas de organización, elaboración de materias optativas propias, normas de convivencia o ampliación tanto del calendario escolar como del horario lectivo de materias, en los términos que establezca la consejería competente en materia de educación y dentro de las posibilidades que permita la normativa aplicable, incluida la laboral. Estas actuaciones no supondrán ninguna forma de discriminación ni conllevarán la imposición de aportaciones a las madres, padres o a los tutores y tutoras legales, ni exigencias para la consejería competente en materia de educación».
PROMOCIÓN
En cuanto a los requisitos para pasar de curso, el texto recoge que «los estudiantes promocionarán de primero a segundo de Bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo».
En todo caso, deberán matricularse en segundo curso de las materias no superadas de primero, que tendrán la consideración de materias pendientes. Los centros docentes deberán organizar las consiguientes actividades de recuperación y evaluación de las materias pendientes, en el marco organizativo que establezca la consejería competente en materia de educación.
La superación de las materias de segundo curso que figuran en el anexo V estará condicionada a la de las correspondientes materias de primer curso indicadas en dicho anexo, por implicar continuidad. De la misma forma, dentro de una misma modalidad, el alumnado podrá matricularse de la materia de segundo curso sin haber cursado la correspondiente materia de primer curso, siempre que el profesorado que la imparta considere que reúne las condiciones necesarias para poder seguir con aprovechamiento la materia de segundo. En caso contrario, deberá cursar también la materia de primer curso, que tendrá la consideración de materia pendiente, si bien no será computable a efectos de modificar las condiciones en las que ha promocionado a segundo.
El alumnado que opte por realizar el Bachillerato en tres años académicos, podrá promocionar con un máximo de dos materias con evaluación negativa, que tendrán la consideración de materias pendientes. La superación de las materias del segundo y del tercer bloque, que figuran en el anexo VI, estará condicionada a la superación de las correspondientes materias del primer o del segundo bloque, según corresponda, indicadas en el anexo V, por implicar continuidad.
Los alumnos que, al término del segundo curso o del tercer bloque, si se tratara de alumnado que esté cursando el Bachillerato de tres años, tuvieran evaluación negativa en algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar, de nuevo, las materias superadas o podrán optar, asimismo, por repetir el curso o el bloque completos, según corresponda.
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RELIGIÓN CUENTA PARA LA NOTA MEDIA
El documento publicado indica también que «el título de Bachiller será único y se expedirá con expresión de la modalidad cursada y de la nota media obtenida. Esta se hallará calculando la media aritmética de las calificaciones de todas las materias cursadas, redondeada a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior. A efectos de dicho cálculo, se tendrán en cuenta las materias comunes y optativas, así como las materias específicas de la modalidad por la que se expide el título y, en su caso, la materia de Religión, sin perjuicio de lo previsto en el apartado quinto de la disposición adicional primera».
Más adelante se puntualiza que «la evaluación de las enseñanzas de la religión católica se realizará en los mismos términos y con los mismos efectos que la de las otras materias del Bachillerato. La evaluación de las enseñanzas de las otras confesiones religiosas se ajustará a lo establecido en los acuerdos de cooperación en materia educativa suscritos por el Estado».
LENGUA DE SIGNOS PODRÍA SER OPTATIVA
Entre las medidas para fomentar la inclusión, la normativa plantea que «con objeto de reforzar la inclusión, la consejería competente en materia de educación podrá incorporar la enseñanza de la lengua de signos española, en los dos cursos de la etapa, como materia optativa».
