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EN LA COMPRA-VENTA DE ORO NO ES BUENO TODO LO QUE RELUCE

FACUA-Consumidores en Acción ha encontrado diferencias de hasta un 39% en el precio que los establecimientos dedicados a la compra de oro pagan al peso por las joyas elaboradas con oro de 18 quilates. Incluso en el caso del metal de 24 quilates, que no es común para la fabricación de joyas y suele adquirirse en lingotes, la diferencia llega a alcanzar porcentajes del 58%.

Entre el establecimiento que paga menos y el que paga más pueden encontrarse diferencias de hasta 6,30 euros por gramo en el caso del oro de 18 quilates de primera ley (75% de pureza) y 11,16 euros por gramo en el de 24 quilates, el cual alcanza el 99,99% de pureza.

En el total de cincuenta establecimientos consultados en distintas ciudades, el precio medio que los comercios encuestados por FACUA ofrecen por gramo de oro de 18 quilates se sitúa en 19,10 euros, mientras que para el de 24 quilates la cifra media sube a los 26,56 euros.

La tasación puede variar según la cantidad de oro que se venda. Debido a esta circunstancia, la asociación ha centrado su consulta en los precios que estos establecimientos están dispuestos a pagar por un anillo de oro de 18 quilates con un peso de 3 gramos y un lingote certificado de 24 quilates de 10 gramos.

Así las cosas, el precio mínimo al que podría haber sido vendido el anillo es de 48 euros, oferta realizada por uno de los establecimientos de Bilbao. En cuanto a la máxima cantidad ofrecida por la misma joya, ésta la ofrece otro situado en Valencia, que llega a los 66,90 euros (39% de diferencia).

En el caso del lingote de máxima pureza, los precios oscilan entre los 200 euros del mínimo ofrecido en un comercio de Bilbao y los 316 euros del máximo ofertado en otro de Valencia (58% de diferencia).

De menor a mayor, el precio medio por gramo de 18 quilates calculado en las distintas ciudades donde se ha llevado a cabo el estudio es de 18,34 euros en Bilbao, 18,71 euros en Sevilla, 18,94 euros en Barcelona, 19,70 euros en Valencia o 18,82 en Madrid.

Algunos consejos a tener en cuenta

FACUA recomienda consultar precios en distintos comercios para acogerse a la mejor oferta y verificar previamente el peso de las piezas para evitar errores de calibración o posibles fraudes en la tasación. De igual modo, el comerciante está en todo momento obligado a mostrar al cliente el peso marcado en la pantalla de su báscula.

Además, hay que extremar la precaución con aquellos establecimientos en los que se pretenda dañar la pieza con tal de averiguar su grado de pureza. Cuando el ácido empleado para esta verificación no se aplica correctamente, el metal puede sufrir quemaduras irreversibles.

La asociación también advierte que cuando se vende una joya en este tipo de comercios, sólo se paga por el peso en bruto del oro de la pieza cuyo destino es ser fundido. Por norma general, el diseño de las piezas o los distintos materiales que contenga, como piedras preciosas u otros metales nobles, no son valorados en la tasación.

Asimismo, resulta aconsejable consultar por internet la cotización del oro -marcada a nivel mundial por la Bolsa de Londres- horas antes de acudir a uno de estos establecimientos, un valor que debe servir como referencia válida también para sopesar cuál puede ser el mejor momento para vender.

Aún así, la compra y venta del oro es un mercado libre, de forma que los profesionales del sector pueden ofrecer el precio que consideren oportuno, resultando frecuente por este motivo la práctica del regateo.

La cotización diaria del oro depende de la oferta y la demanda continua del mercado, de modo que su precio varía a lo largo de una misma jornada.

Requisitos obligatorios

En cuanto a las normas que deben cumplir los establecimientos que compran oro a particulares, hay que recordar que todos ellos tienen la obligación de cumplimentar un formulario con los detalles de la operación y realizar fotocopias tanto del DNI del vendedor como de las piezas adquiridas.

Esta documentación se envía semanalmente a la Policía Nacional para verificar que no se trata de material robado. El establecimiento no podrá revender o fundir las piezas durante quince días, hasta que se reciba la autorización de la Policía.