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Investigan a una vecina de Almansa por tener en casa a un tortuga de mordedura «muy peligrosa»

Efectivos de la Patrulla del Servicio de Protección de la Naturaleza (PAPRONA) de la Guardia Civil de Almansa han investigado a una vecina de esa misma localidad, de 56 años de edad, como presunta autora de un delito contra la flora y fauna, consistente en la posesión ilegal de un ejemplar de tortuga caimán o aligátor (Macrochelys temminckii)

La Guardia Civil tuvo conocimiento de la existencia de un ejemplar de tortuga en el patio interior de un domicilio de la localidad de Almansa, y tras realizar la correspondiente inspección administrativa, los agentes comprobaron que se trataba de una tortuga caimán, especie exótica originaria de Estados Unidos e incluida en el Apéndice II del listado de especies protegidas del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)

Tras requerir a la persona que poseía el animal para que aportase la documentación que acreditara su procedencia y tenencia legal, esta no pudo acreditar documentalmente que su adquisición y posesión se ajustaran a la normativa aplicable.

Por este motivo, los agentes procedieron a la intervención del ejemplar, adoptando las medidas necesarias para garantizar su custodia y poniendo los hechos en conocimiento de los organismos competentes.

Una especie de especial peligrosidad

La Guardia Civil ha destacado que «la tortuga caimán es considerada una especie muy peligrosa debido a la fuerza de su mordedura, comparable a la de algunos cocodrilos, por lo que su manipulación debe realizarse con las debidas precauciones».

Por sus características y tamaño, su suelta en ecosistemas españoles está totalmente prohibida, ya que podría convertirse en una especie invasora para nuestros ríos y aguas continentales, con el consiguiente riesgo ecológico y para la seguridad de las personas.

Tenencia de animales silvestres

Se recuerda que, conforme a la conforme a la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, queda prohibida la tenencia de animales de fauna silvestre en cautividad que no se encuentren incluidos en el “Listado positivo de animales de compañía”, siendo requisitos para su inclusión, que no supongan riesgos para la salud o seguridad de las personas u otros animales, y que no se trate de especies silvestres de fauna no presentes de forma natural en España protegidas por el Derecho de la Unión Europea y/o los tratados internacionales ratificados por España.

Las diligencias instruidas fueron entregadas en la Sección Civil e Instrucción Plaza nº1 del tribunal de Instancia de Almansa.